Propuestas para la clasificación de rutas, autopistas, autovías, etc

Por favor, cuando se establezca algún cambio que todos estén de acuerdo, agreguen esa info a la WikiARG, para saber que se tiene que cambiar aunque falten otras cosas…

Ya que lo que diré esta practicamente consensuado unanimamente. Empezamos colocando todas las autovías con trunk+motorroad?

DE ACUERDO

Antes de hacer cambios, publiquen como se deberá hacer de hoy en mas en la wiki, que todavía no está actualizada, para evitar que se deshagan los cambios por parte de usuarios que no visitan el foro pero que recurren a la wiki. Recuerden que la única norma, referencia o manual es la que rige en esa página.

Agregué una nota en esa parte de la wiki aclarando. Y de paso armé una tablita como para ir reflejando de manera ordenada los cambios a medida que se vayan haciendo, además para contabilizar cuáles tramos de autovía existen.

Aclaro que no agregué a la lista las “autopistas” de verdad, las “autopistas” y “autovías” de mentira (casi todas las de San Luis, ni por ejemplo la de Oberá-Misiones, que hasta donde sé no tienen restricciones de “motorroad”) y algunas del sur país (Rodarte, eso te lo encargo a vos que la tenés clara, yo llegué hasta ahí).

Ahora el problema se va a centrar en qué es autovía y qué es autopista… ja. Por ejemplo el paso de la RN9 en Salta y Jujuy, o la RN12 en Garupá, que cumplen con las características de autopista, aunque en tramos no tan largos.

Otra cosa, además de hacer las relaciones para las autovías, deberíamos colocarle un tag network o algún otro para la jurisdicción, en caso de que corresponda.

Listo los cambios en la patagonia; higway:trunk y motorroad:yes http://www.openstreetmap.org/changeset/33695282

  • Autovía del Libertador mano Aeropuerto
  • Autovía San Juan Bosco
  • Autovía Gregores
  • Autovía Unión
  • Autovía Norte
  • Autovía Centenario

Hay otras que son de caracter nacional, por lo tanto ya poseían trunk

Si consideramos que la ley de tránsito vigente (Art. 5 de la ley 24.449) nombra como semi-autopistas a las autovías, entonces remitámonos a lo que ahí dice: Vía pública pavimentada, con calzadas para ambas manos, con separadores de tránsito que impidan el paso de una mano a otra, con o sin cruces a nivel, con o sin ingreso directo desde los predios frentistas lindantes.

Autopista: Vía multicarril sin cruces a nivel con otra calle o ferrocarril, con calzadas separadas físicamente y con limitación de ingreso directo desde los predios frentistas lindantes

Obviamente que en la práctica nuestras autopistas distan mucho de ser una autopista como lo marca la ley, dado que tienen accesos clandestinos hacia los campos por falta de colectoras o porque estas están sin terminar (se lo ve mucho en la Autopista Buenos Aires → Rosario y también se está comenzando a ver en la autopista Rosario → Córdoba). Zafan algunas autopistas urbanas, y entre las interurbanas por ahí la que zafe sea la de Rosario → Santa Fé, por lo que en estos casos habrá que ver cuáles de estas rutas están clasificadas legalmente como autopista y cuáles como autovías (o semiautopista).

Me parece que, en general, una autopista no perderia su condicion por los accesos clandestinos, aunque en caso de mapearlos, ¿debieran hacerse con “access=no”, ya que si bien existen, no esta permitido legalmente circular por ellos?

Primera consulta, en la AU. 25 de Mayo, antes de entrar a la Au. Bs. As. - La Plata, hay una bifurcación triple, una de ellas por el lado rápido, eso no le saca la clasificación de autopista no? No recuerdo otras, pero es la que más recuerdo.

Segundo, acabo de convertir las autovías 2, 63, 11 y 74 a trunk según la nueva reglamentación, y me agarró la duda, cuentan como tal los tramos de la 2 en Mardel (desde Av. Constitución hasta la 226) o la RP63 dentro de Dolores? No se si tienen algo que no las califica como tal, ni hablar de la primera en Lezama, si es así, cómo quedaría?

Tercero, en las rotondas, sólo se marcan con _link las que no son parte de la autovía no?

Si decis esta https://www.openstreetmap.org/way/28678618 no, no la perderia, lo que no entiendo es que sentido tiene mantenerla en funcionamiento si tambien hay otra a la misma altura que tambien desemboca a 20 metros.

La 2 en MDP depende de como se considere el tamaño de la ciudad, puede ser que deba seguir siendo trunk+motorroad o bajarla a secondary como cualquier avenida.
Como ahora esta con primary, siguiendo el mismo criterio quedaria como trunk+motorroad, pero esa restriccion de motorroad no se si existe dentro de la zona urbana.
Lezama es corto, continua con la clasificacion que trae desde fuera de la zona urbana. Me surge la misma duda sobre el motorroad, si en esa zona realmente hay esas restricciones.
Etiquetar resticciones no existentes en la realidad no me parece correcto.

Con _link se marcan las rampas, retornos y darsenas de giro con separacion. En las rotondas solo se usan en casos especiales, no en las rotondas normales.

Me olvide de comentar que los _link no llevan etiqueta “ref” , ni nombre descriptivo (“Enlace a…” “Subida a…”, “Bajada …”, etc). Para eso esta la etiqueta destination

Recontra autopista, la rama de la izquierda está porque la de la derecha no da abasto, la de la izquierda es sólo tránsito liviano.

Atenzione: Ruta Provincial B11 https://www.openstreetmap.org/#map=13/-37.1837/-56.9645 tiene los mojones kilometricos nombrados con natural=peak

Es un error evidente en el etiquetado, aunque parece buena la intencion.
Inclusive si el intento es bueno, se ve que al ubicar los mojones hay muchos que estan distanciados 300 o mas metros de la ruta, lo que hace que como dato no tengan la precision adecuada y les reduce la utilidad.

Confirma con el autor que sean puntos kilométricos y poneles éste tag: https://wiki.openstreetmap.org/wiki/Tag:highway%3Dmilestone

Refloto este post.

El tag “motorroad=yes” que se empezo a aplicar en algunas autovias, implica que solo se permiten vehiculos motorizados, pero me parece que muchos casos en que el transito p.ej. en bicicleta esta permitido (no esta prohibido), por lo cual en principio no seria correcto agregarles este tag.

Acá en Córdoba está permitido las bicicletas porque “es peatón” en las autovías

El tránsito de bicicletas en autopistas y semiautopistas está prohibido por la Ley Nacional de Tránsito, la Nº 24.449, que en su artículo 46 inciso B, establece que “en las autopistas (y semiautopistas), no pueden circular peatones, vehículos propulsados por el conductor, vehículos de tracción a sangre, ciclomotores y maquinaria especial”.

La Provincia de Buenos Aires es aún más clara: el inciso 2 del artículo 56 de la Ley 11.430 de tránsito aclara que la prohibición en ese tipo de vías rige para “peatones, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos motorizados, bicicletas, maquinaria especial, ni vehículos de tracción a sangre o todo automotor a velocidades inferiores a 50 km/h”.

La Provincia de Córdoba: artículo 47 de la Ley Provincial de Tránsito detalla: “Está prohibido circular por las autopistas con vehículos de tracción animal, ciclos, ciclomotores y vehículos especiales”.

Según un estudio del Centro de Estudios de Seguridad Vial, “la legislación vigente en la Argentina prohíbe expresamente desplazarse con bicicletas en autopistas o autovías”. https://www.cesvi.com.ar/revistas/r83/Ciclistas.pdf

Me habían parado los chantas en la AU20 para hacerme control de alcoholemía y le pregunté que onda el ciclista. Se ve que hay cada uno que lo largan a laburar y no sabe que hace.

Hernan Lopez:
Dejo aca, porque tenemos que encontrar la forma de arreglar lo de las rutas. Miren esta zona http://www.openstreetmap.org/#map=16/-31.6104/-64.7637 Como la voy a recorrer, la estaba mirando y la ruta 14 y la 34, no pueden estar en el mismo nivel. Yo las habia marcado cada una con su superficie y le puse a la 14 secondary, pero ahora @mweper la subio hace un tiempo a primary segun la convencion que tenemos, pero definitivamente, sobre todo el tramo que va hacia el oeste (que no estoy seguro que exista… ) no puede tener el mismo nivel que la 34. Si la ven en Bing van a verla bien y les puedo asegurar, que al menos hace 1 año cuando pase por ahi, se la ve tan fea como se ve en BIng. Una es una ruta bien asfaltada, con carriles de sobrepaso, señalizada. La otra es un camino de cornisa, de tierra y en un estado que solo puede ir por ahi alguien que conoce muy bien el terreno…