Límites Administrativos

En la página del WikiProject México de OpenStreetMap me encuentro con las siguientes divisiones administrativas:

2 - frontera del país
4 - límite estatal
6 - límite municipal
8 - límite de ciudad o población
9 - delegaciones
10 - colonias

http://wiki.openstreetmap.org/wiki/WikiProject_Mexico#Divisiones_administrativas

Aunque la lista es un poco diferente a la publicada en los niveles administrativos mostrados en la página en inglés, donde el límite municipal está en el nivel 5 (y no en el 6):
http://wiki.openstreetmap.org/wiki/Tag:boundary%3Dadministrative#admin_level

Ahora bien, sea una lista u otra, estas divisiones administrativas no contemplan los límites ejidales, o los límites entre lotes de tierras (muchos de los cuales siguen vigentes en la región donde vivo)

Siendo que los límites entre municipios vienen determinados por los ejidos y lotes de tierras, quisiera saber cuál es su opinión respecto a estos límites:
¿de qué manera se deben etiquetar los límites ejidales? ¿en qué nivel administrativo deben ser colocados?

A mi criterio, siendo que los ejidos están situados, administrativamente hablando, entre los límites municipales y los límites de asentamientos humanos (a los cuales corresponden los niveles administrativos 5 [ó 6] y 8, respectivamente), los límites ejidales podrían se etiquetados con el nivel administrativo 7 (el cual no está siendo usado actualmente).

Si en la página hay error, se debe corregir. Se responde mejor abajo. Tema interesante, de hecho he aprendido bastante leyendo la historia de méxico.

Respuesta corta: consultar y revisar la info oficial del INEGI. Es bueno aclarar que en OSM para cada entidad territorial se utilizan los pares. Sólo en ciertos casos se debe llegar a 11 niveles por la complejidad de estructuras internas, como en nuestro caso en Bolivia.

El contexto, según lo que leí de la entidad INEGI (http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/integracion/pais/divi_terri/1810-1985/eum/ESTADOS%20UNIDOS%20MEXICANOS.pdf) la constitución federal menciona hasta el nivel municipal de forma homogénea y hasta indica prohibiciones pero también menciona que cada estado/municipio puede constituirse como mejor le plazca. Lo genial del federalismo.

Hasta aquí, ordenando con algo de concordancia con el resto de países del mundo, estarían definidos: 2=frontera pais, 4=límite estatal, 6=límite municipal o la delegación del DF.

Según la historia del los municipios de méxico (https://es.wikipedia.org/wiki/Municipios_de_M%C3%A9xico) cada municipio define su organización estando por debajo “congregaciones, pueblos, aldeas, ejidos y ranchos” aunque faltan los llamados barrios/vecindarios/colonias/etc y también las áreas metropolitanas. No se menciona las relaciones entre estas y jerraquías. En el INEGI lo llaman “localidades”.

Entonces, una posible solución sería: 8=localidades (congregaciones, pueblos, aldeas, ejidos y ranchos) y 10=barrios (sinónimo local a barrios/vecindarios/colonias).

Para llegar a una respuesta definitiva, se tendría que leer todas las cartas orgánicas municipales y extraer su estructura y luego únifican criterios desde 8 a 10 o incluso a 11. Es un buen ejercicio, pero también se podría utilizar la cartografia del INEGI.

La herramienta del INEGI de consulta. http://gaia.inegi.org.mx/mdm6/

Gracias por la respuesta.

Por lo que leo de la información que se enlaza:

  • En el caso particular de mi país, el municipio es, además de una división administrativa, una entidad política.
  • La Constitución Política de 1917 (que rige actualmente al país) estableció el municipio como entidad fundamental del país.
  • Política y administrativamente, los municipios son libres e independientes entre sí.

Eso me parece muy claro.
Aunque eso lleva a pensar que los barrios, colonias y localidades no son entidades políticas y/o administrativas
(o al menos no se contemplarían como tales en la Constitución)

Sin embargo, son entidades que existen, y por tanto, es necesario representarlas en el mapa.

Siendo que OpenStreetMap sí contempla estas “subdivisiones” con la etiqueta boundary=administrative y admin_level=(num),
a pesar de no ser entidades administrativas reconocidas por la Constitución (admin_level=8 para localidades y admin_level=10 para colonias),
¿no puede hacerse lo mismo con los ejidos y lotes de tierras que, además, sí tienen marco jurídico reconocido por la Ley?

Puedo citar, por ejemplo:
http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/catastro/presentacionpropiedadsocial.aspx

Pero no sólo la constitución es la norma definitiva y única, están las constituciones federales y las cartas orgánicas municipales normalmente estructuran su funcionamiento
según una jerarquía territorial.

Si, si hay seguridad que debajo del municipio está el ejido. Habría que revisar la constitución del estado y la carta orgánica municipal para estar seguro de qué nivel le dieron en tu estado. Por ejemplo, en Querétaro (https://es.wikipedia.org/wiki/Quer%C3%A9taro_%28municipio%29#Subdivisi.C3.B3n_administrativa) han definido que internamente dejan en delegaciones.

Entonces, creo que sólo se tendría homogéneo hasta el municipio=6 y luego por cada municipio crear su nivel OSM según su propio criterio. La idea sólo sería respetar la concordancia con otros países de utilizar pares.

Por algún lugar está en el INEGI el archivo de las entidades territoriales ahí se podría salir de dudas. Veré de conseguir y revisar.

En el caso del Estado de la República donde resido y trabajo, la Ley Orgánica del Municipio Libre establece, a grandes rasgos, lo siguiente en cuanto a los límites y la administración municipal:

  • Los nombres oficiales de los municipios que forman parte del Estado (Art. 9)

  • El territorio de los municipios (según el Art. 10) se constituye de:
    I.- Cabecera (donde reside el ayuntamiento)
    II.- Manzanas
    III.- Congregaciones (entiendo que son los asentamientos humanos en áreas rurales)
    IV.- Rancherías (indica que son las áreas rurales pertenecientes a las congregaciones)

  • Según el Art. 11, la Congregación es “la demarcación territorial” donde funge un auxiliar del ayuntamiento;
    de eso se desprende que la Congregación ES una subdivisión administrativa.

  • El Art. 12 señala que la Legislatura local tiene la faculta de suprimir o crear dichas congregaciones y de señalar sus límites.

Esta Ley Orgánica puede consultarse aquí:
http://web.segobver.gob.mx/juridico/libros/26.pdf

En el caso de la región donde vivo, los límites de las zonas rurales que pertenecen a las Congregaciones son los ejidos y lotes de tierras.

De todo lo anterior, según mi entender, se desprende que después del nivel administrativo municipal se encuentra el de Congregaciones (es decir, los límites ejidales y de lotes de tierras).
Un ejemplo de esos límites, en la región donde vivo, es éste:

La existencia y validez de esos límites parcelarios está más que corroborada en campo, quisiera saber si en OpenStreetMap es posible etiquetar esos límites, con mayor inquietud ya que, después de lo expuesto hasta ahora, estoy muy seguro de que se tratan de límites administrativos.

Quisiera retomar la discusión de este thread debido a que tiene que ver con la propuesta de re-asignación de niveles para el proyecto de importación de los límites del MGN.

La razón por la que se propuso el nivel 5 al municipio en el proyecto de importación (1ra fase) surge bajo los siguientes,

Supuestos:

Blindar la importación ante futuros cambios.
El principal objetivo es mapear y matchear en la medida de lo posible los niveles administrativos de OSM con los niveles de los datos del INEGI, manteniendo la clave del MGN en cada nivel para que en un futuro se tenga la capacidad de actualizar fácilmente los datos importados si existiera alguna modificación y tomando en cuenta que la mayor parte de los datos del INEGI está referenciada con las claves del MGN (y -en teoría- todos los datos geográficos generados por las unidades de gobierno) por lo que sería razonable mantener las claves del MGN en los datos aún después de importarlos a OSM, haciendo más fácil futuras labores de mantenimiento de esos datos, en especial porque es posible que en el futuro se de mantenimiento a través de herramientas automatizadas que validen los datos en contra de vandalismo de la información y de ediciones erroneas (nótese que hasta el momento aún no se ha especificado en la pagina del proyecto, cuál será el esquema de etiquetado en OSM para mantener la clave del MGN)

Disponibilidad de una clave oficial o pseudo-oficial para los límites
Cualquier entidad supra-municipal (o para fines prácticos cualquier entidad que requiera una frontera definida entre entre los niveles estatal y municipal) no es un límite constitucional de la misma manera que los AGEB del INEGI, por lo que dichos casos podrían ser etiquetados en OSM con una relación en lugar de asignarlos a un admin_level vacante. La gran diferencia es que hasta donde sé, no existe en los conjuntos de datos del INEGI una entidad intermunicipal que cuente con su propia asignación de claves.

Evitar desperdicio de los admin_level vacantes en niveles no-oficialmene georeferenciados
Se necesita una gran cantidad de niveles vacantes en los slots de los admin_levels inferiores al nivel municipal si se quiere lograr el objetivo de tener un mapeo lo más cercano posible al MGN, (esto les adelanto que no será totalmente posible debido a que la estructura de clavificación del MGN tiene ciertas peculiaridades, que hasta donde he analizado hace imposible un mapeo perfecto nivel a nivel). Los niveles administrativos que quedan libres debajo del nivel municipal, son preferiblemente “ocupables” por las divisiones de los AGEBs, las localidades y las manzanas, todos con su una respectiva clave del MGN. Es por esa razón que decidimos dividir el proyecto de dos fases, la primera a nivel del municipio hacia arriba, y la segunda del nivel sub municipal hacia abajo.

Restricciones:
De acuerdo a lo que investigué el nivel 3 no se puede tocar porque está reservado para su posible uso en delimitación de niveles inter-país, mares territoriales, zona económica exclusiva etc. El nivel 4 es usualmente reservado para la entidad sub-nacional más grande abajo de nación que en la mayoría de los países son los estados y de ahí hacia abajo no hay ya restricciones.

Justificación
Al subir el municipio al nivel 5, se dejan libres los 5 niveles inferiores en los que se busca incluir las siguientes entidades:

Para que sea posible un mapeo entre los niveles del 6 al 10 y los niveles sub-municipales del MGN es necesario que exista un nivel vacante tanto arriba como abajo del nivel asignado un AGEB, esto se debe a que desafortunadamente en el MGN una localidad urbana es jerarquicamente superior a una AGEB urbana mientras que una localidad rural no respeta esa misma forma y está subordinada a una AGEB Rural por lo que en los datos verás que una localidad urbana es siempre un polígono mientras que una localidad rural no (puede ser un polígono o un punto), de la misma manera la asignación de las claves en el MGN cambia en esos casos, lo puedes checar en la página del wiki observando lo siguiente respecto a como se compone el código del MGN.

https://wiki.openstreetmap.org/wiki/ES:Marco_Geoestad%C3%ADstico_Nacional_(MGN)

Para las áreas urbanas:
EE+MMM+LLLL+AAA-A+NNN

Para las áreas rurales:
EE+MMM+AAA-A+LLLL+NNN

Si lo notas, se intercambian los segmentos [LLL] y [AAA-A] dependiento de si la AGEB es rural o urbana.

Esto me costó un buen de tiempo entenderlo pero no es un error, así es como lo estableció el instituto. Ahora, no vamos a cambiar eso y posiblemente exista una razón técnica para que lo hayan establecido así aunque me parece muy confuso, lo que si podemos hacer es encontrar la manera de que a pesar de dicha peculiaridad , sea posible mantener la clave MGN en dos datos importados a OSM y aún así mantener una sola estructura jerárquica (porque evidentemente en el MGN existen dos maneras de jerarquizar dependiendo de si se habla de una AGEB urbana o una AGEB rural.

En resumen: **
El esquema debe permitir lo siguiente
1 - Reservado
2 - Nacional
3 - Reservado
4 - Estatal
5 - Municipal
6 - Localidad (Urbana)

7 - AGEB (Rural o Urbana)
8 - Localidad (Rural)

9 - Reservado (Manzana)
10- Reservado (Posiblemente lote o catastro)

*Nótese que el AGEB asignada al nivel 7 permite la ubicación de una localidad ya sea arriba o abajo de la AGEB (respetando por lo tanto el esquema de asignación de claves del MGN). Si se deja el Municipio en el nivel 6 sería imposible conservar los dos últimos niveles, y no sería posible contemplar el futuro uso de dicho nivel para fines catastrales.

NOTA IMPORTANTE:

Saludos!

@ Andresuco:

Tengo entendido que el Marco Geoestadístico Nacional (MGN) es una forma de organizar el territorio que tiene validez sólo para el INEGI, y es de carácter informativo, no es una división administrativa real.

Dicho esto, tengo algunas cuestiones que deseo aclarar:

1.- ¿qué tipo de etiquetas aplicarían en esos casos?
2.- ¿qué pasará con los límites administrativos que ya existen en OpenStreetMap? ¿se eliminarán? ¿se sobrepondrán?

Sobre las categorías administrativas inferiores a la municipal que se proponen:

3.- ¿se está proponiendo calcar el MGN del INEGI en OpenStreetMap?
4.- Como nota aclaratoria, constitucionalmente** la célula político-administrativa fundamental del país es el Municipio Libre**.
Legalmente, cada municipio se compone de subdivisiones administrativas, las cuales varían dependiendo de cada legislación local.
Esas subdivisiones administrativas, en el caso de la región totonaca del Estado de Veracruz, no se corresponden con las categorías existentes en el MGN.
La pregunta es ¿no deberían contemplarse las subdivisiones político-administrativas legales, en lugar de sólo copiar y adaptar las categorías del MGN?
5.- Una subdivisión administrativa, contemplada en las legislaciones de todos los estado de la República, es la de “área suburbana”
(se conoce, según el caso, como colonia, fraccionamiento, unidad habitacional, etc…). Esta subdivisión no está contemplada en el esquema propuesto.

No me opongo a que se importen los datos del MGN, de hecho creo que esa información serviría para impulsar la comunidad de OSM; lo que alego es que no deben usarse como límites administrativos.

También quisiera saber si la contribución de los mapeadores será tomada en cuenta para mejorar la información geográfica del INEGI, o si se impondrá esa información por sobre las contribuciones de la comunidad.

Sobre las diferencias entre el MGN y los límites administrativos oficiales reales:

En más de una ocasión, he manifestado que los límites que señala el INEGI no corresponden con los límites reales.
Por ejemplo, la ex-hacienda Jamaya, situada en el Cantón de Papantla, fue incluída después en el municipio de Espinal y fue propuesta para formar diferentes ejidos:

Estos ejidos, creados en tierras que antiguamente eran de la ex-hacienda Jamaya, fueron incluídos en el Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (PROCEDE) y figuran en el Registro Agrario Nacional (RAN):

La ex-hacienda Jamaya, en su totalidad, ha formado parte del municipio de Espinal, y los límites de ésta son parte de los actuales límites administrativos entre los municipios de Espinal, Coyutla y Coatzintla.
Éstos límites no coinciden con el MGN que usa el INEGI:

Como puede verse en la imagen, los límites administrativos reales (en magenta) son muy diferentes de los límites municipales del MGN (en líneas delgadas grises) y de los límites parcelarios del RAN, los que sí se corresponden con los límites administrativos reales.

El mismo caso ocurre en el límite entre los actuales municipios de Papantla y Coatzintla, en la región totonaca del Estado de Veracruz:
Los límites de los lotes de tierras originales:

Los límites ejidales según el RAN:

La comparación de los límites anteriores con respecto al MGN:

En magenta los límites administrativos reales
En gris, con línea delgada, el límite según el MGN del INEGI

Por lo que he expuesto, creo que quedan claras las imprecisiones del MGN. Yo quisiera saber si el INEGI tiene en cuenta estas diferencias, si desea que sean corregidas y si tomará en cuenta las contribuciones de la comunidad OSM.

Hola Irk,

Respondiendo a tus preguntas:

Los límites del MGN no pueden “calcarse” directamente a los niveles de OSM porque no son congruentes en el entendido de que la “clavificación” es diferente dependiendo de si se habla de una entidad rural o urbana.

Lo que sí se puede hacer es tomarlos como referencia pseudo-oficial al menos hasta el nivel municipal, la razón es que una vez importado un municipio del MGN, en casos como el que mencionas de Veracruz, quedaría registrado en cada changeset de cada límite municipal los cambios o modificaciones de los usuarios por lo que sería más fácil para el INEGI rastrear el cambio, analizarlo y mandar en caso necesario personal a campo a validarlo. Hemos tenido varias reuniones con el INEGI y desde que se enteraron de nuestro plan de importación nos indicaron el interés que tienen en ver que lo que esté cambiando la gente del mapa base para saber dónde hace falta actualizar sus propios datos.

Lo que mencionas es correcto, acerca de que no son limites administrativos-políticos oficiales, sin embargo son lo más cercano a la realidad o al menos un punto de inicio y no creo que haya una persona que como tú, en cada uno de los municipios de México, tenga los conocimientos técnicos y legales necesarios para investigar con cada autoridad municipal o con cada legislatura, dónde existen diferencias entre el MGN y el límite administrativo-político legal real, eso en teoría es lo que debe hacer el INEGI y el gobierno, pero si les podemos indicar dónde es necesario hacerlo a través de OSM creo que es una manera de contribuir con la actualización de la cartografía digital nacional.

Respondiendo más puntualmente a tus preguntas:

1.- ¿Qué tipo de etiquetas aplicarían en esos casos?
Si la pregunta se refiere al caso del etiquetado de las entidades supra-municipales, esas no las he definido aún porque no es necesario para la importación ya que mi propuesta no contempla que se use para ese fin un admin_level, pero supongo que dependerían del nombre de lo que se está delimitando, por ejemplo se podrían etiquetar con la relación con el nombre “ZM” en el caso de las zonas metropolitanas como las maneja el INEGI, Sedesol y CONAPO, y podría haber otra relación por ejemplo para la zona del DF-EdoMex-Hidalgo etiquetada con la relación “ZMVM”. Dado que nuestra propuesta asume que una entidad entre el nivel estatal y municipal no necesita utilizar un admin_level, no creamos un apartado donde se mencionara ese caso, pero creo que sería útil añadirlo como precedente de lo que se piensa hacer en esos casos, es decir asignarlos dentro de una relación.

2.- ¿qué pasará con los límites administrativos que ya existen en OpenStreetMap? ¿se eliminarán? ¿se sobrepondrán?
Para la fase 1 del proyecto de importación del MGN que contempla únicamente hasta el nivel municipal, no se eliminaría nada al inicio y tampoco se sobrepondrían ya que no se estaría tocando el nivel 6 que es donde actualmente están los límites municipales. Lo que sí sucedería es que habría un periodo durante el que existirían límites municipales tanto en el nivel 5 y 6 por lo que se haría un análisis de los casos en los que los límites de la importación en el nivel 5 difirieran de los límites en el nivel 6 y publicarlos para que la comunidad los verificara. Esto iría dentro del apartado workflow de la página del wiki, y lo estaré agregando como “periodo de limpieza post-importación”. Creo que podríamos usar la herramienta del task manager de HOT OSM para presentar las dos versiones al usuario para este caso pero aún no estoy seguro si sea necesario o si existan tantas discrepancias como para usarlo, tal vez el número de discrepancias no sea tan alto y se pueda manejar caso por caso con el usuario que contribuyó con los datos que difieren de la importación. Por esta razón después del periodo de limpieza, sí se eliminaría la información en el nivel 6 que ya tenga su equivalente proveniente de la importación en el nivel 5 (correctamente etiquetado y con su clave del MGN ).

Para la fase 2 del proyecto no se puede borrar la información actualmente en OSM, lo que sí se realizaría es una migración de nivel de ser necesario, es decir ya que haya quedado terminada la fase 1, y ya que hayamos decidido cómo asignar correctamente los cinco admin_level restantes debajo del municipal para dar cabida a la importación del MGN, sólo entonces realizaríamos una migración, esto sería por ejemplo tomando todo el conjunto de datos etiquetados con admin_level= 8 y cambiarlo a admin_level=9, o admin level=7, en este caso no habría eliminación de información. Pero para eso todavía falta y no está documentado ya que primero estamos enfocados en completaar la fase-1.

3.- ¿se está proponiendo calcar el MGN del INEGI en OpenStreetMap?
En el nivel municipal sí, si por calcar se entiende usar los polígonos del MGN y las claves de cada uno de de los mismos en el MGN.
En el nivel sub-municipal no, porque de hecho no sería posible hasta donde he podido analizar debido al problema con la jerarquía particular del MGN al asignar niveles en el nivel sub-municipal, dependiendo de si se habla del ámbito rural o urbano.

Lo que si está contemplado es conservar la clave del MGN ya que ayuda a muchas cosas, entre otras; dar mantenimiento al mapa de OSM en el futuro, mantener un registro histórico del avance de la información de OSM vs. la información gubernamental, permitir una mejor integración con tareas de investigación tanto gubernamentales como académicas ya que los AGEB no son sólo una unidad de georeferencia usada en el gobierno sino en la academia, mejorar la integración con la información generada por el gobierno ya que las unidades del estado están obligadas a usar el MGN para georeferenciar sus datos, adicionalmente es la manera más apropiada que veo para que el INEGI “lea” el mapa de OSM y detecte dónde hay que mejorar sus propios datos, todas esas razones ayudarían a que se use más OSM por mucho más personas. Creo que la única entidad que sirve por el momento para vincular todas estas actividades es el MGN, no porque sea lo mejor, sino porque es lo único que existe que tenga un marco legal para enlazar todos estos posibles usos que me gustaría que detonara OSM en México, sería interesante porque si a través de la ley del SNIEG todo el gobierno homologa la manera de publicar datos geográficos abiertos, sentaríamos un precedente en toda América Latina sobre una manera de crear una sinergia con entidades totalmente ajenas a OSM (Imagino por ejemplo los datos de la CFE, INE, IFT, Conagua, SEDESOL etc subidos a OSM sin tanta complicación) para mostrar información importante a la población, cómo corrupción, depredación ambiental, invasión territorial, riesgos naturales, tan sólo de los que me vienen inicialmente a la mente, y todo mucho más rápido a esperar a que el INEGI la integre en su cartografía o en sus productos, en especial porque al ser datos libres, cualquier ciudadano los puede tomar y mostrarlo al mundo en su propio mapa de OSM.

4.- ¿no deberían contemplarse las subdivisiones político-administrativas legales, en lugar de sólo copiar y adaptar las categorías del MGN?
Sería muy complicado sin un marco de referencia inicial, creo que es posible que se contemplen la divisiones legales como sugieres pero consideramos que la manera más sencilla de atacar el problema no es esperando a que cada uno de los dos mil cuatrocientos y pico municipios del país validen su información, creemos que la manera más eficiente es que si el INEGI ya lo validó al menos hasta cierto punto (en el atlas de compatibilización se menciona un avance del 56.8% de validación con respaldo legal de todas las colindancias del territorio nacional) ayudar al instituto a que lo actualicen diciéndoles prácticamente miren aquí es donde falta que validen! Así que no consideramos posible abarcar el problema que mencionas por el momento, mi opinión es que estamos poniendo la información base para que eso se realice en futuras importaciones (como la del RAN, catastros, áreas naturales protegidas, etc).

5.- ¿Una subdivisión urbana está contemplada en el esquema propuesto?
Sí, esta contemplada pero será en la fase 2, porque la región a la que te refieres si está contemplada por el INEGI como “asentamiento humano” (el cual abarca colonias, fraccionamientos, unidades habitacionales, etc) sin embargo no está contemplada en la fase-1 porque es un nivel sub-municipal y lo tendremos que discutir durante la fase-2, no estoy muy seguro pero creo que el “asentamiento humano” sí tiene una equivalencia dentro del MGN dentro de la categoría “localidad” sin embargo es un trabajo de análisis que aún no he comenzado y que involucra encontrar la mejor equivalencia posible entre tres diferentes tipos de datos, los del INEGI, los de OSM y los de un domicilio geográfico válido en México. Ya tengo gran parte de la documentación y diccionarios de datos del INEGI referentes a esos niveles traducidos al inglés para preparar la documentación de la fase-2 pero no he tenido tiempo de subirlo todo al wiki hasta el momento.

6. La contribución de los mapeadores será tomada en cuenta para a la mejora de la información geográfica del INEGI?
Sí, hasta donde sabemos prácticamente ese es el uso que el INEGI quiere darle a OSM a futuro (no somos parte del instituto y no podemos hablar en su nombre, pero hemos tenido muchas reuniones con ellos y eso es lo que nos compartieron) aún no existe una manera de hacer eso ya que el INEGI no cuenta con una interfaz para recibir las actualizaciones de OSM de manera sistemática (y yo opino que el Instituto está más que abierto a sugerencias, en especial de soluciones de software libre), pero al día de hoy sabemos que no existe tal solución y ya están trabajando en analizar cómo se podría implementar un canal que “escuche” los cambios en OSM y tome dichas contribuciones para agregarlas, validarlas en campo y sólo entonces agregarlas a sus propios datos. Las contribuciones de los usuarios de OSM no puede ir directamente a la información del INEGI por que la necesitan validar en campo, pero al Instituto le ayudaría mucho saber dónde mandar a su personal en lugar de sólo aprovechar cada censo para actualizar la información geográfica.

@ Andresuco:

Reitero mi apoyo a la importación del MGN, con mis reservas.

-Si la importación servirá para promover la comunidad OSM,
-si se ampliará la información geográfica de los mapas de OSM y
-se tomará en cuenta la contribución de los mapeadores,
para mí suena perfecto.

Mi preocupación, de hecho, es el lo qué pasará con la información que yo he publicado que está relacionada directamente con los límites municipales.

He realizado los polígonos municipales de la región de Papantla, de hecho sigo actualizando esos polígonos.

¿las ediciones que he venido realizando se perderán? ¿se incluirán de alguna manera en los datos que se importarán?
Aquí un ejemplo de las ediciones que he hecho:

Estimados:
mantengo mi oposición en relación a la propuesta de importación del MGN. Creo que estén dando muchas vueltas al asunto.

  1. Nivel municipal debe de ser mínimo 6 para tener un nivel para estructuras administrativas regionales
  2. Me parece importante tener la propuesta completa de importación y no nada más la importación de los límite municipales.
  3. No me parece bien importar los municipios a nivel 5 y tenerlos en gran parte del país duplicados (con el nivel 6) sin tener una propuesta práctica para resolver la duplicidad.

Saludos
Jorge

Estimados:
aqui va mi propuesta de los niveles.

  1. divisiones regionales como zonas conurbanas o juntas intermunicipales
    6: municipio
    7: limite de localidad urbana con base en planes de desarrollo urbano y en el caso de ausencia localidades urbanas de INEGI
  2. colonias
  3. subdivisión de colonia (barrio / manzana)
  4. AGEP

No entiendo por que ponen en su propuesta localidades rurales a nivel 8. ¿Me pierdo un detalle? En el MGN, las localidades rurales son puntos.
Reservar el nivel 10 para lotes o catastro no hace sentido, ya que desde mi punto de vista no son límites administrativos.

Ahora la importación:
Para mi lo más sencillo sería que ustedes preparen los límites administrativos ya con los atributos adecuados, descuentan los polígonos existentes en OSM y los ponen a la disposición de los contribuidores. Así, poco a poco podemos integrar los municipios en la misma manera como la comunidad lo estaba haciendo hasta ahora.

Saludos
Jorge

A los miembros del foro:

Con respecto al nivel administrativo que correspondería a los municipios, las razones que Andresuco da a ese respecto justifican que el nivel debe ser el 5.

Jorge alega que existe, o podrían existir niveles administrativos intermedios entre el estado y el municipio, como por ejemplo, las zonas conurbanas o juntas intermunicipales.
No estoy seguro si una zona conurbana es un nivel administrativo, pero creo recordar que no lo es. Las zonas conurbanas pueden etiquetarse con place=city, considerando que una ciudad media se etiqueta como place=town
Dudo más que una junta intermunicipal sea un nivel administrativo, y éstas podrían etiquetarse como place=region

Existen otro tipo de organizaciones territoriales intermedias ente el municipio y el estado (por ejemplo, el distrito electoral, la región…) En ese caso sí podría justificarse el preparar un nivel intermedio.

Sobre los niveles administrativos inferiores al municipio:

Según mi criterio, la propuesta de Andresuco falla en no contemplar las áreas suburbanas (es decir: colonias, unidades habitacionales, fraccionamientos…) pero esto es porque busca adaptar el MGN.
La propuesta de Jorge sí contempla las probables divisiones administrativas entre municipio y estado, y también contempla las colonias, pero, como se ha dicho antes, estas divisiones no se corresponden con el MGN. Aunado a esto, creo yo, no jerarquiza de forma clara la diferencia entre la cabecera municipal y las congregaciones sujetas a ella.

Dejo esa propuesta a su consideración.

Hola a todos,

Quisiera aclarar que de acuerdo con la documentación publicada por el INEGI y SEPOMEX el nivel “Asentamiento Humano” abarca todos los siguientes casos (por lo que no es necesario un nivel específico para cada uno de ellos):

Subí el documento donde se especifica lo anterior al siguiente link: https://goo.gl/woI2OA

He creado una tabla en https://goo.gl/JjOrlR que incluye todas las entidades y niveles que consideré que inicialmente debían ser contempladas para crear una jerarquía compatible entre OSM INEGI y SEPOMEX, por favor poner atención al nivel “asentamiento humano”.

Aún no tengo una contrapropuesta a la de Irkley y Jorge porque antes quisiera esperar a que todos los interesados le echen un ojo a la tabla y vean posibles conflictos y los comenten en la misma tabla o por este medio. Cualquiera puede comentar o editar la tabla con sus contribuciones.

Saludos,
Andrés

@Andresuco:
La información que enlazas es muy interesante; en mi opinión, incluir todos estos datos en OSM sería un gran impulso a toda la plataforma.

Solo hago algunas aclaraciones:
Los límites manejados en la Norma Técnica para los domicilios geográficos no son límites administrativos, son límites geoestadísticos. Ese es un detalle muy importante:

Yo soy de la opinión de que, si se va a importar la información del MGN elaborado por el INEGI, que se haga. Pero si se va a hacer la importación, que esos límites se importen como lo que son: límites geoestadísticos, no como límites administrativos, porque no lo son.

Quisiera aclarar que en la norma técnica mencionada (http://goo.gl/VCtW03) no se usan sólo límites geoestadísticos. La Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada el 12 de noviembre de 2010 en el DOF establece claramente el uso de tres tipos de componentes:

<<Articulo 7.- Los componentes que se deben integrar en el Domicilio Geográfico son:>>

Considero que deberíamos usar la norma como guía para definir los límites en OSM, en especial poniendo atención a los primeros dos artículos, ya que establecen un precedente hasta cierto punto oficial sobre por qué usar dichos componentes.

<<**Artículo 1.- ** La presente Norma Técnica tiene por objeto establecer las especificaciones de los componentes y características de la información que constituye el Domicilio Geográfico, para identificar cualquier inmueble, que deberá integrarse de forma estructurada, estandarizada y consistente en registros administrativos, que permitan la vinculación de los mismos, y a su vez contribuya al fortalecimiento del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.>>

<<**Artículo 2.- ** La presente Norma Técnica es de observancia obligatoria para el Instituto y para las Unidades
del Estado que por sus funciones tengan a su cargo la captación, actualización e integración de registros administrativos que contengan Domicilios Geográficos, realizada por sí mismas o por terceros, cuando se les encomiende dicha actividad.>>

Ya que al establecer correctamente los niveles administrativos en OSM estaríamos en línea con los objetivos de la norma técnica y dado que dicha norma utiliza alguno de los límites geoestadísticos como componentes del domicilio geográfico, propongo no crear sistemas diferentes para los mismos datos (es decir, como sugieres importar por un lado datos geoestadísticos y por otro lado datos no-geoestadísticos), el modelo de datos de OSM permite integrar la información proveniente de los datos del INEGI manteniendo una separación lógica entre lo que sea un dato geoestadístico y lo que no siempre y cuando exista un esquema de etiquetado correcto, dicho modelo también da cabida a casos en los que un dato geoestadístico sea idéntico o similar a un dato político-administrativo (por ejemplo AGEE y AGEM).

Con base a lo mencionado anteriormente ya modifiqué mi propuesta (añadí una nueva tabla versión v1.1 debajo de la anterior) en la que eliminé algunos elementos, basado en lo siguiente,

1.
Como algunos lo propusieron, he descartado la asignación de las AGEB a un admin_level de OSM, considerando que no es un límite usado en un domicilio geográfico ni un límite administrativo-político, sin embargo su importación a OSM vía una relación o una etiqueta sigue siendo necesaria debido a que los números de calle presentes en una de las capas de uno de los conjuntos de datos del INEGI es uno de los datos de mayor importancia y dichos puntos se encuentran referenciados a una manzana la cual a su vez se encuentra referenciada a un AGEB del MGN. Dado que todavía estamos muy lejos de la importación de dicha capa creo que habrá tiempo suficiente para diseñar un esquema para mantener la integridad de dicha geo-referencia en OSM para mantener actualizaciones bidireccionales entre el INEGI y OSM.

**2. **
Descarté la asignación de un nivel supra-municipal específico (por ejemplo una “Zona Metropolitana”) al Admin_level 5 debido a que no veo necesidad de utilizarlo por el momento y no he investigado si existe algún conjunto de datos del INEGI que use una delimitación de dicha naturaleza.

**3. **
No veo razón para reservar niveles que nunca serán usados, pero con el fin de que la discusión avance estoy dejando en mi contra-propuesta el municipio en el nivel 6, dejando por lo tanto vacante el nivel 5, sin embargo esto “comprime” un poco la distribución de niveles debajo del nivel sub-municipal, quedando en mi nueva propuesta cuatro niveles “admin_level” disponibles para asignar los 3 siguientes componentes: Localidad, Asentamiento Humano, Reservado (Manzana), Reservado (Lote o Catastro).

4.
No estoy de acuerdo en usar un nivel 11 si no se han ocupado antes los demás niveles sólo porque se mantienen reservados para divisiones que no se utilizarán, no tiene sentido usar 11 niveles si no se ha llegado a un punto de escasez de los admin_level disponibles.

No podemos asegurar que nunca se usarán niveles administrativos intermedios entre el municipio y la entidad.
Primero, porque ya existieron antes (entre los s. XIX y XX: los cantones, los partidos…)
Segundo, porque existen entidades intermedias que, en un futuro, podrían convertirse en niveles administrativos (los distritos, las regiones…)
Por eso es que es necesario reservar ese nivel, cuando menos.

Como mencioné antes, a mi criterio es un error el no hacer la diferencia entre una cabecera municipal y las localidades rurales sujetas a ella. En la propuesta de Andresuco no se establece esa diferencia, propone etiquetarlas en el mismo nivel (localidad: admin_level=7). Además de eso, debo aclarar que el “asentamiento humano” es más bien un uso de suelo (landuse=residential y otros)

En mi propuesta sí se establece bien la diferencia entre una cabecera municipal (admin_level=7) y las localidades que dependen de ella (admin_level=9)
También contempla, además, la existencia de las tierras ejidales y comunales (admin_level=8) que fue el motivo por el que empecé este debate.

Hola Irk,
Podrías confirmar que hasta el momento existe un acuerdo al menos hasta el nivel municipal? que se refiere a asignar el municipio hasta el nivel admin_level=6

Reitero que en mi opinión se estaría desperdiciando el nivel admin_level=5 que se podría utlizar para el municipio sin problema, ya que una entidad administrativa mayor al municipio pero menor al estado (como una junta intermunicipal, o un gobierno metropolitano) no existe al menos como un límite político-administrativo y para fines prácticos deberían ser descartados de ser asignados a un admin_level tal como lo hice en con el AGEB en mi nueva propuesta (en el caso del AGEB la descarté porque como sugieres, es un límite geoestadístico no administrativo, sólo quisiera aclarar que una zona metropolitana o junta intermunicipal tampoco es un límite administrativo y de hecho ni siquiera está delimitada oficialmente por el gobierno, a diferencia del AGEB).

En todo caso si se necesitara en el futuro abrir un nivel entre el Estado y el Municipio no existiría ningún impedimento técnico para reasignar todos los niveles existentes debajo del municipio utilizando un script que aplicara el siguiente cambio admin_level=n+1 a todos los elementos debajo del nivel municipal con una etiqueta admin_level y tendrían liberado el admin_level para los usos teóricos que plantean.

Entonce, si ya existe un acuerdo al menos hasta el nivel municipal quisiera avanzar con el trabajo de la fase-1 del proyecto de límites administrativos mientras la discusión sobre los niveles sub-municipales puede continuar.