Límites Administrativos

@ Andresuco:

Reitero mi apoyo a la importación del MGN, con mis reservas.

-Si la importación servirá para promover la comunidad OSM,
-si se ampliará la información geográfica de los mapas de OSM y
-se tomará en cuenta la contribución de los mapeadores,
para mí suena perfecto.

Mi preocupación, de hecho, es el lo qué pasará con la información que yo he publicado que está relacionada directamente con los límites municipales.

He realizado los polígonos municipales de la región de Papantla, de hecho sigo actualizando esos polígonos.

¿las ediciones que he venido realizando se perderán? ¿se incluirán de alguna manera en los datos que se importarán?
Aquí un ejemplo de las ediciones que he hecho:

Estimados:
mantengo mi oposición en relación a la propuesta de importación del MGN. Creo que estén dando muchas vueltas al asunto.

  1. Nivel municipal debe de ser mínimo 6 para tener un nivel para estructuras administrativas regionales
  2. Me parece importante tener la propuesta completa de importación y no nada más la importación de los límite municipales.
  3. No me parece bien importar los municipios a nivel 5 y tenerlos en gran parte del país duplicados (con el nivel 6) sin tener una propuesta práctica para resolver la duplicidad.

Saludos
Jorge

Estimados:
aqui va mi propuesta de los niveles.

  1. divisiones regionales como zonas conurbanas o juntas intermunicipales
    6: municipio
    7: limite de localidad urbana con base en planes de desarrollo urbano y en el caso de ausencia localidades urbanas de INEGI
  2. colonias
  3. subdivisión de colonia (barrio / manzana)
  4. AGEP

No entiendo por que ponen en su propuesta localidades rurales a nivel 8. ¿Me pierdo un detalle? En el MGN, las localidades rurales son puntos.
Reservar el nivel 10 para lotes o catastro no hace sentido, ya que desde mi punto de vista no son límites administrativos.

Ahora la importación:
Para mi lo más sencillo sería que ustedes preparen los límites administrativos ya con los atributos adecuados, descuentan los polígonos existentes en OSM y los ponen a la disposición de los contribuidores. Así, poco a poco podemos integrar los municipios en la misma manera como la comunidad lo estaba haciendo hasta ahora.

Saludos
Jorge

A los miembros del foro:

Con respecto al nivel administrativo que correspondería a los municipios, las razones que Andresuco da a ese respecto justifican que el nivel debe ser el 5.

Jorge alega que existe, o podrían existir niveles administrativos intermedios entre el estado y el municipio, como por ejemplo, las zonas conurbanas o juntas intermunicipales.
No estoy seguro si una zona conurbana es un nivel administrativo, pero creo recordar que no lo es. Las zonas conurbanas pueden etiquetarse con place=city, considerando que una ciudad media se etiqueta como place=town
Dudo más que una junta intermunicipal sea un nivel administrativo, y éstas podrían etiquetarse como place=region

Existen otro tipo de organizaciones territoriales intermedias ente el municipio y el estado (por ejemplo, el distrito electoral, la región…) En ese caso sí podría justificarse el preparar un nivel intermedio.

Sobre los niveles administrativos inferiores al municipio:

Según mi criterio, la propuesta de Andresuco falla en no contemplar las áreas suburbanas (es decir: colonias, unidades habitacionales, fraccionamientos…) pero esto es porque busca adaptar el MGN.
La propuesta de Jorge sí contempla las probables divisiones administrativas entre municipio y estado, y también contempla las colonias, pero, como se ha dicho antes, estas divisiones no se corresponden con el MGN. Aunado a esto, creo yo, no jerarquiza de forma clara la diferencia entre la cabecera municipal y las congregaciones sujetas a ella.

Dejo esa propuesta a su consideración.

Hola a todos,

Quisiera aclarar que de acuerdo con la documentación publicada por el INEGI y SEPOMEX el nivel “Asentamiento Humano” abarca todos los siguientes casos (por lo que no es necesario un nivel específico para cada uno de ellos):

Subí el documento donde se especifica lo anterior al siguiente link: https://goo.gl/woI2OA

He creado una tabla en https://goo.gl/JjOrlR que incluye todas las entidades y niveles que consideré que inicialmente debían ser contempladas para crear una jerarquía compatible entre OSM INEGI y SEPOMEX, por favor poner atención al nivel “asentamiento humano”.

Aún no tengo una contrapropuesta a la de Irkley y Jorge porque antes quisiera esperar a que todos los interesados le echen un ojo a la tabla y vean posibles conflictos y los comenten en la misma tabla o por este medio. Cualquiera puede comentar o editar la tabla con sus contribuciones.

Saludos,
Andrés

@Andresuco:
La información que enlazas es muy interesante; en mi opinión, incluir todos estos datos en OSM sería un gran impulso a toda la plataforma.

Solo hago algunas aclaraciones:
Los límites manejados en la Norma Técnica para los domicilios geográficos no son límites administrativos, son límites geoestadísticos. Ese es un detalle muy importante:

Yo soy de la opinión de que, si se va a importar la información del MGN elaborado por el INEGI, que se haga. Pero si se va a hacer la importación, que esos límites se importen como lo que son: límites geoestadísticos, no como límites administrativos, porque no lo son.

Quisiera aclarar que en la norma técnica mencionada (http://goo.gl/VCtW03) no se usan sólo límites geoestadísticos. La Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos publicada el 12 de noviembre de 2010 en el DOF establece claramente el uso de tres tipos de componentes:

<<Articulo 7.- Los componentes que se deben integrar en el Domicilio Geográfico son:>>

Considero que deberíamos usar la norma como guía para definir los límites en OSM, en especial poniendo atención a los primeros dos artículos, ya que establecen un precedente hasta cierto punto oficial sobre por qué usar dichos componentes.

<<**Artículo 1.- ** La presente Norma Técnica tiene por objeto establecer las especificaciones de los componentes y características de la información que constituye el Domicilio Geográfico, para identificar cualquier inmueble, que deberá integrarse de forma estructurada, estandarizada y consistente en registros administrativos, que permitan la vinculación de los mismos, y a su vez contribuya al fortalecimiento del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.>>

<<**Artículo 2.- ** La presente Norma Técnica es de observancia obligatoria para el Instituto y para las Unidades
del Estado que por sus funciones tengan a su cargo la captación, actualización e integración de registros administrativos que contengan Domicilios Geográficos, realizada por sí mismas o por terceros, cuando se les encomiende dicha actividad.>>

Ya que al establecer correctamente los niveles administrativos en OSM estaríamos en línea con los objetivos de la norma técnica y dado que dicha norma utiliza alguno de los límites geoestadísticos como componentes del domicilio geográfico, propongo no crear sistemas diferentes para los mismos datos (es decir, como sugieres importar por un lado datos geoestadísticos y por otro lado datos no-geoestadísticos), el modelo de datos de OSM permite integrar la información proveniente de los datos del INEGI manteniendo una separación lógica entre lo que sea un dato geoestadístico y lo que no siempre y cuando exista un esquema de etiquetado correcto, dicho modelo también da cabida a casos en los que un dato geoestadístico sea idéntico o similar a un dato político-administrativo (por ejemplo AGEE y AGEM).

Con base a lo mencionado anteriormente ya modifiqué mi propuesta (añadí una nueva tabla versión v1.1 debajo de la anterior) en la que eliminé algunos elementos, basado en lo siguiente,

1.
Como algunos lo propusieron, he descartado la asignación de las AGEB a un admin_level de OSM, considerando que no es un límite usado en un domicilio geográfico ni un límite administrativo-político, sin embargo su importación a OSM vía una relación o una etiqueta sigue siendo necesaria debido a que los números de calle presentes en una de las capas de uno de los conjuntos de datos del INEGI es uno de los datos de mayor importancia y dichos puntos se encuentran referenciados a una manzana la cual a su vez se encuentra referenciada a un AGEB del MGN. Dado que todavía estamos muy lejos de la importación de dicha capa creo que habrá tiempo suficiente para diseñar un esquema para mantener la integridad de dicha geo-referencia en OSM para mantener actualizaciones bidireccionales entre el INEGI y OSM.

**2. **
Descarté la asignación de un nivel supra-municipal específico (por ejemplo una “Zona Metropolitana”) al Admin_level 5 debido a que no veo necesidad de utilizarlo por el momento y no he investigado si existe algún conjunto de datos del INEGI que use una delimitación de dicha naturaleza.

**3. **
No veo razón para reservar niveles que nunca serán usados, pero con el fin de que la discusión avance estoy dejando en mi contra-propuesta el municipio en el nivel 6, dejando por lo tanto vacante el nivel 5, sin embargo esto “comprime” un poco la distribución de niveles debajo del nivel sub-municipal, quedando en mi nueva propuesta cuatro niveles “admin_level” disponibles para asignar los 3 siguientes componentes: Localidad, Asentamiento Humano, Reservado (Manzana), Reservado (Lote o Catastro).

4.
No estoy de acuerdo en usar un nivel 11 si no se han ocupado antes los demás niveles sólo porque se mantienen reservados para divisiones que no se utilizarán, no tiene sentido usar 11 niveles si no se ha llegado a un punto de escasez de los admin_level disponibles.

No podemos asegurar que nunca se usarán niveles administrativos intermedios entre el municipio y la entidad.
Primero, porque ya existieron antes (entre los s. XIX y XX: los cantones, los partidos…)
Segundo, porque existen entidades intermedias que, en un futuro, podrían convertirse en niveles administrativos (los distritos, las regiones…)
Por eso es que es necesario reservar ese nivel, cuando menos.

Como mencioné antes, a mi criterio es un error el no hacer la diferencia entre una cabecera municipal y las localidades rurales sujetas a ella. En la propuesta de Andresuco no se establece esa diferencia, propone etiquetarlas en el mismo nivel (localidad: admin_level=7). Además de eso, debo aclarar que el “asentamiento humano” es más bien un uso de suelo (landuse=residential y otros)

En mi propuesta sí se establece bien la diferencia entre una cabecera municipal (admin_level=7) y las localidades que dependen de ella (admin_level=9)
También contempla, además, la existencia de las tierras ejidales y comunales (admin_level=8) que fue el motivo por el que empecé este debate.

Hola Irk,
Podrías confirmar que hasta el momento existe un acuerdo al menos hasta el nivel municipal? que se refiere a asignar el municipio hasta el nivel admin_level=6

Reitero que en mi opinión se estaría desperdiciando el nivel admin_level=5 que se podría utlizar para el municipio sin problema, ya que una entidad administrativa mayor al municipio pero menor al estado (como una junta intermunicipal, o un gobierno metropolitano) no existe al menos como un límite político-administrativo y para fines prácticos deberían ser descartados de ser asignados a un admin_level tal como lo hice en con el AGEB en mi nueva propuesta (en el caso del AGEB la descarté porque como sugieres, es un límite geoestadístico no administrativo, sólo quisiera aclarar que una zona metropolitana o junta intermunicipal tampoco es un límite administrativo y de hecho ni siquiera está delimitada oficialmente por el gobierno, a diferencia del AGEB).

En todo caso si se necesitara en el futuro abrir un nivel entre el Estado y el Municipio no existiría ningún impedimento técnico para reasignar todos los niveles existentes debajo del municipio utilizando un script que aplicara el siguiente cambio admin_level=n+1 a todos los elementos debajo del nivel municipal con una etiqueta admin_level y tendrían liberado el admin_level para los usos teóricos que plantean.

Entonce, si ya existe un acuerdo al menos hasta el nivel municipal quisiera avanzar con el trabajo de la fase-1 del proyecto de límites administrativos mientras la discusión sobre los niveles sub-municipales puede continuar.

@Andresuco: en la tabla comparativa que se compartió con la comunidad, los datos parecen corroborar que lo más conveniente es asignar al límite municipal la etiqueta admin_level=6:

Al menos en este nivel administrativo, las cosas parecen estar resueltas. Sin embargo, cualquier comentario de otros miembros de la comunidad, a favor o en contra de esta propuesta, es bienvenida.

Hola Irk,
No se puede ver la imagen que subiste pero si la tabla que subí (https://goo.gl/JjOrlR ) esa ya es pública la puede ver sin problema cualquiera con el link. Si nadie más tiene algún comentario lo voy a corregir en el Wiki, y estamos todos en el entendido de que el nivel para municipio se mantiene con la tag admin_level=6

Por otro lado quisiera seguir la discusión sobre los niveles sub-municipales, actualizaré la tabla el día de hoy para definir con mayor detalle cada nivel sub-municipal y su relevancia.

A la comunidad:
Algunos de los miembros del foro hemos propuesto alternativas para las divisiones administrativas que están por debajo del nivel municipal (admin_level=6)

Me gustaría conocer cuál es la opinión de los demás miembros, cuál alternativa les parece más viable, o si tienen alguna alternativa mejor.

Esta es una captura de pantalla de la tabla comparativa que creó Andresuco:

la tabla original se encuentra aquí
https://goo.gl/JjOrlR

Hola a todos
parece que el nivel administrativo de mpios queda en el nivel 6.
Cambie en la tabla de google mi propuesta de la subdivisión municipal. Mi razón asignar el nivel 8 al límite de las localidades urbanas es

  1. ya hay zonas mapaeadas así
  2. coincide con los niveles utilizados en otros países
  3. deja un nivel de reserva
  4. no hay ninguna razón para limitarnos a 10 niveles. En unos países ya se está trabajando en nivel 11 y estoy seguro que conforme avanza el mapeo en detalle, se va a agregar más niveles que me parece más sencillo que manipular la base y cambiar los valores del atributo admin_level (errores!)

Pero antes de definir estos niveles hay que ver las diferentes subdivisiones existentes que por supuesto no son compatibles

subdivisiones administrativos de los mpios (colonias, tenencias,…)
AGEBs de INEGI
secciones electorales

Saludos
Jorge

Hola a todos.

Con respecto a la propuesta de Jorge_o: Creo que debemos establecer bien la diferencia entre las cabeceras municipales y las demás localidades que dependen de ellas. Colocar todas las localidades urbanas en el mismo nivel administrativo no permitiría establecer esa diferencia.

En mi propuesta sugiero etiquetar las cabeceras municipales con admin_level=7 y las localidades rurales con admin_level=9. Esto permite establecer bien la diferencia entre las cabeceras municipales y las congregaciones (ya sean urbanas o rurales) que dependen de ella.

¿por qué lo propongo así?

En el caso del estado de la República donde resido, la Ley Orgánica del Municipio Libre establece que:

  • las congregaciones rurales son sub-niveles municipales, y son representadas por los agentes municipales.
  • las agencias municipales dependen del Ayuntamiento municipal.
  • Las agencias municipales administran tanto la congregación (zona del asentamiento humano) como las zonas rurales que la rodean.

Un caso similar sucede con las colonias, fraccionamientos, unidades habitacionales, etc., que tienen presidente de colonia, secretario y tesorero. Los reglamentos sobre asentamientos humanos dan a entender que estas entidades sub-urbanas también son niveles administrativos. Según mi criterio, estas áreas sub-urbanas pueden equipararse, administrativamente hablando, con las congregaciones. Por eso propongo que se etiqueten como admin_level 9.

Aclaro, por otro lado, que yo entiendo el término “asentamiento humano” como un uso de suelo (landuse=residential) y no como un nivel administrativo.

Hola a Tod@s;

Espero no llegar tarde a esta discusión pero me gustaría aportar la experiencia sobre el tema de límites que se dio en el Estado de Jalisco y que espero pueda aportar algo a fin de aclarar que límites administrativos incluir en los Mapas de México.

Leo con interés y me llama mucho la atención el detalle y riqueza técnica de los argumentos sobre si se debe o no incluir niveles administrativos más allá de municipios; como diría Kent Brockman aquí les dejo mis dos centavos en una breve reseña del mapa de límites municipales del Estado de Jalisco:

1.- En el Estado de Jalisco, el cual tiene y usa límites municipales distintos a los del Marco Geoestadístico Municipal de INEGI, en su LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE JALISCO y LEY DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPALDEL ESTADO DE JALISCO establece que el Congreso del Estado es el que tiene la facultad para aprobar, actualizaciones y modificaciones los límites municipales;
2.- Bajo este hecho, la última aprobación emitida por esta entidad fue realizada en 1978 y el cual presento a continuación:

3.- El límite correspondiente al año 2012, fue trabajado por el extinto IITEJ en colaboración con otras dependencias del Gobierno del Estado de Jalisco, mismo que fue firmado por el Ex Gobernador Emilio González Márquez. Dicha firma esta publicada en el Diario Oficial de la Federación del Estado de Jalisco en el año 2012; junto con esta publicación vino una instrucción al poder ejecutivo del Estado para que utilizaran esta cartografía y por ende los límites municipales aquí propuestos como los oficiales para el Estado de Jalisco, presento este mapa 2012:

4.- Posteriormente en 2012-2013 hubo una iniciativa entre el INEGI y el Gobierno del Estado a petición de este último para revisar las diferencias entre el límite 2012 y el MGN de INEGI 2010, se conformó un equipo técnico (http://iitej.blogspot.mx/2012/10/inegi-e-iitej-concilian-las-diferencias.html) y se elaboró una propuesta que en su momento contó con el apoyo político por parte del Gobierno del Estado pero que no logró consolidarse, dicho mapa se le dio muy poca difusión dado que nunca fue publicado como su antecesor, se utilizó en algunas publicaciones e inclusive creo que se llegó a utilizar en algún informe de gobierno, posteriormente vinieron los cambios administrativos y el proyecto quedó en pausa, hoy en día sigue siendo vigente la versión 2012, a continuación muestro una imagen de esta propuesta de límites municipales que no se logró:

Y les platico todo esto para poder llegar al punto de los niveles administrativos, considero que no es necesario contemplar un límite administrativo que sea menor que el municipio como propone Irk_Ley para los límites ejidales, en el mapa propuesto para 2013 se tomaron este tipo de elementos y como se muestra en esta imagen en el Norte del Estado en el límite del municipio de Mezquitic se tomó el límite del Ejido de San Andrés Cohamiata como el límite municipal y en este caso Estatal como se muestra en esta imagen:

Sería valioso contar con los polígonos de los ejidos, comunidades indígenas, tierras de uso común y demás pero no como un límite administrativo.

En el caso de las áreas metropolitanas considero al igual que los ejidos no se deberían integrar como un nivel administrativo; las áreas metropolitanas y las juntas intermunicipales son decretos para que los municipios que las conforman puedan realizar acciones de manera conjunta o integrada, pero no es un nuevo límite administrativo; los límites de los municipios se mantienen; si veo a éstas como un primer paso en la conformación de nuevas formas de gobierno pero no que se eliminen los límites de los municipios que las conforman (o quien sabe pudiera ser en un futuro), en el caso de las cabeceras municipales si utilizamos el fundo legal (si es que lo conseguimos) no estará actualizado y lo que tiene INEGI es prácticamente la mancha urbana de la cabecera municipal; desconozco las congregaciones acá en Jalisco tenemos delegaciones y es la manera como un Municipio organiza de manera administrativa su territorio a fin de tener más cercanía con el ciudadano, establecen cases de enlace pero nunca he visto un mapa de delegaciones para el Estado de Jalisco, conjuntar esa información sería interesante pero también sería una labor titánica.

Mi propuesta es la siguiente:

Agrego una categoría de regiones (agrupaciones de Estados) actualmente no se escucha mucho sobre el tema pero en sexenios anteriores mucho se planteó en este sentido aquí las regiones actuales las cuales son muy grandes para mi gusto:
http://www.sedatu.gob.mx/sraweb/datastore/programas/2014/PRDCentro/PRDCentro25_04_2014.pdf

http://www.sedatu.gob.mx/sraweb/datastore/programas/2014/PRDNorte/PRDNorte25042014.pdf

http://www.sedatu.gob.mx/sraweb/datastore/programas/2014/PRDSur_Sureste/PRDSur-Surste25_04_2014.pdf

Debajo de municipio coincido en la necesidad de la cabecera municipal pero como mancha urbana de la misma manera que el resto de las localidades urbanas (más de 15,000 habitantes), después colonias y como la unidad más pequeña propondría el código postal, este mapa que aún está pendiente de realizarse en este país, mi propuesta es la siguiente:

Nivel OSM_prop jdeltoro1973
1 N/A
2 Nacional
3 Regiones de Desarrollo (Centro, Norte y sur-sureste)
4 Estado
5 municipio
6 Manchas Urbanas
7 Colonias
8
9
10 Código Postal

Sobre esta última unidad hace algún tiempo en un estudio planteé la idea de suplantar este con la sección electoral, que si bien no se sabe en qué sección electoral uno reside es tan sencillo como obtenerlo de la credencial de elector, al poco tiempo me di cuenta que no es una delimitación estable ya que se define a partir de los votantes en cada sección y que un partido político por estrategia puede intentar modificar alguna sección electoral con fines de obtener una ventaja electoral, este es el sistema y análisis que se hizo con este marco, la idea era que el usuario pudiera conocer su estatus sobre áreas verdes con tan sólo conocer su sección electoral http://sitel.jalisco.gob.mx/areasverdes/

Reciban un cordial saludo

Geóg. Juan José Del Toro Madrueño

@ Jdeltoro1973: Bienvenido al debate. Cualquier opinión de cualquier miembro del foro es bienvenida.

TU aportación es valiosa al mostrarnos un trabajo ya realizado a este respecto: nos da un testimonio de lo difícil que es establecer, aún en nuestros tiempos, cuál es el límite válido entre los municipios.

Sobre tu experiencia, coincido con que el MGN no establece límites administrativos, sino límites geoestadísticos, de ahí que haya variaciones entre los límites puestos por el INEGI y los límites que establecen las legislaturas locales.

Sobre tu comentario de incluir los límites ejidales, congregacionales, tierras comunales, etc., en OSM, yo mismo deseo incluirlos también, de hecho este debate fue abierto con el fin de determinar cómo deben etiquetarse esos límites. Yo he incluido los ejidos de la región de Papantla, etiquetándolos como type=multipolygon y landuse=farmland o landuse=orchard. También he incluido los límites de lotes de tierras, etiquetándolos como type=multipolygon, en espera de que se determine qué otra etiqueta se les puede asignar.

Sobre si debe haber niveles administrativos por debajo del municipio:

  • Cabe aquí aclarar que en OSM no es lo mismo una entidad política que un nivel administrativo. Hay entidades políticas que son también niveles administrativos, pero puede haber niveles administrativos que no son entidades políticas.
  • El municipio es la entidad política de menor rango, pero no es el límite administrativo de menor nivel.
  • Como comenté en una entrada anterior, la legislación local del estado de Veracruz reconoce (implícitamente) que las congregaciones son niveles administrativos (al contar con administración propia [agentes municipales] aunque sujeta a los ayuntamientos) Ese mismo caso puede darse en otros estados de la República.
  • Como puedes notar, las congregaciones que forman parte del municipio (las cuales tienen agencias municipales) son entidades administrativas, inferiores al municipio, aunque no son entidades políticas. Su existencia no anula ni quita vigencia a los municipios, sino que los complementa.

Sobre qué niveles administrativos pueden existir:

  • Los límites administrativos (boundary= administrative) no son los únicos que existen en OSM
  • Los distritos electorales se etiquetan como (boundary=political) no he usado esa etiqueta e ignoro si es jerárquica, como los límites administrativos.
  • Los códigos postales se etiquetan como boundary=postal_code
  • En las zonas urbanas yo soy de la opinión de que son un uso de suelo (landuse=residential) y no un nivel administrativo. No sé que opinen a este respecto los demás miembros.

Te recomiendo leer la wiki de OSM en donde se aclaran qué etiquetas pueden usarse en cada caso:
http://wiki.openstreetmap.org/wiki/ES:Map_Features#Boundary_.28Fronteras.2C_L.C3.ADmites.29

A la comunidad:

Quiero hacerles una consulta sobre cómo editar correctamente los límites de lotes de tierras y ejidos.

Ya se me ha señalado que no es recomendable asignarles un nivel administrativo, y he hecho caso a sus sugerencias. Ahora quisiera plantear una alternativa:

En OSM, al etiquetar una entidad con límites (type=boundary) no solo puede etiquetarse como boundary=administrative, también puede etiquetarse como *border_type=**. Mi pregunta es ¿puede usarse esa etiqueta para delimitar los ejidos y lotes de tierras?

En ese supuesto, al etiquetar un ejido, se usaría la etiqueta border_type=ejido

¿Qué les parece esta alternativa? ¿puede usarse de esa manera?

Hola Irk Ley,

Estamos realizando las tareas de identificación de discrepancias entre los límites actuales en OSM y los límites oficiales previo a la importación y los límites que has subido no son los mismos que se marca en la información del INEGI como ya nos habías comunicado en este foro. Con el fin de realizar la importación apropiadamente, se cambiará el valor admin_level de las ediciones que no concuerdan con los límites oficiales gubernamentales y le asignaremos admin_level=8 para que no se pierdan tus contribuciones. Esto es útil tanto para ti como para la comunidad en general para que se pueda indicar visualmente al INEGI o a la autoridad local, dónde existen discrepancias en los límites municipales con la legislación local y que envíen a alguien a realizar una validación y corrección oficial de los límites en caso de existir un error.

Cabe recalcar que no se están removiendo tus ediciones, de hecho concuerdan con los datos del RAN pero en los siguientes proyectos estaremos validando con el INEGI en donde existen discrepancias importantes entre el MGN , el RAN y la legislación local respecto a límites geográficos de manera que el mapa en OSM tenga la información más válida disponible, sin embargo tenemos que empezar por algún lado, en este caso, mostrando lo que se considera oficial actualmente para que se puedan comparar.

En el link de abajo adjunto una imagen de la diferencia entre tus ediciones y los límites oficiales marcados por el INEGI.

http://i.imgur.com/DKd3yT3.png

Saludos !