Aspectos legales

Hola a todos, este es el primer hilo que abro en este foro, y como también soy nuevo aquí, soy nuevo mapeando y en general nuevo dentro del mundo de la “cartografía aficionada”.

Revisé atentamente el foro y no encontré ningún lugar en el que se traten aspectos legales referentes a que se puede o no poner en el mapa según leyes constitucionales, Así que bueno, espero que este hilo ayude a ese propósito.

En mi caso ahora es respecto a PDIs más que otra cosa.

Arranqué con mucho entusiasmo, y ya me encaminé en la meta de georeferenciar todo lugar de interés en mi ciudad, recorriéndola con mi teléfono y Osmand~, grabando tracks, notas de audio y tomando fotografías de negocios, fabricas, talleres, gomerías, restaurantes, hospitales y clínicas, bancos, etc etc, de cierta importancia o presencia en mi ciudad.

Ahora bien, conversando con un amigo del tema, el me comentó de ciertas cuestiones legales competentes dentro de la jurisdicción nacional y provincial (en éste caso, Córdoba), las supuestas leyes de publicidad y propaganda, que básicamente exigen el pago al municipio o autoridad regional un impuesto a cada propietario por la publicidad de su establecimiento por cada medio de difusión masiva que se publique, como puede ser una pagina web, Facebook, Twitter, etc…

Mí duda es, dado el aspecto abierto y comunitario de OSM, ¿estas leyes aplican?, ¿se considera publicidad agregar al mapa estos puntos de interés? ¿viola alguna ley o impuesto?.

Obviamente mí plan no es poner información sensible, que pueda afectar negativamente a alguien. Es más, muchos de estos lugares tienen publicidad en revistas, guías telefónicas, folletos, mapas impresos, hasta algunos tienen sus PDI en OSM, G**gle maps y muchos otros servicios de mapas… Me cuesta creer que cada propietario pague un impuesto por cada lugar en el que aparece su publicidad, es más razonable un impuesto por todo, que de hecho existe, sino ¿quien regula la publicidad en los sitios de internet antes mencionados?.

Un ejemplo que me gusta usar para esto es Alemania, dado a que este país destaca dentro de OSM, y es un buen ejemplo de su potencial, aquí precisamente una pequeña parte de Berlín, donde hay cuantiosas referencias comerciales… Pero bueno, otro país, otras reglas… Sin embargo, en Buenos Aires hay zonas con importante presencia comercial en OSM, yo no veo que sea algo malo o que viole alguna ley, sino ¿se lo ha denunciado? ¿eso es empíricamente publicidad? y ¿cada PDI presente en ese ejemplo fue puesto por/y/o con el consentimiento de sus dueños?.

De verdad, se me hizo engorroso este asunto, recorrí a pié ya la mitad de mí ciudad anotando decenas de lugares, motivado por ayudar a que mi ciudad tenga una buena presencia en en OSM, como las grandes ciudades, y que también eso se contagie a las ciudades aledañas, pero ahora me encuentro con la posibilidad de que sea ilegal lo que estoy haciendo :confused:

Saludos y espero haber sido digno.

No creo que se este violando ninguna ley o mejor dicho que nadie vaya a cobrarle a cada negocio porque aparece en OSM. Lo ideal seria que le preguntes a tu amigo a que ley se refiere y leerla, porque puede estar hablando de algo que alguien le dijo alguna vez…

Pensé lo mismo, él mencionó la “Ley de publicidad y propaganda”, busque, y no encontré nada al respecto que pueda relacionarse con OSM, honestamente tampoco quiero leerme la constitución buscando entre las miles de leyes alguna que mencione el asunto. Me recomendó también consultar en el municipio de mi ciudad, y la verdad no lo veo muy practico, ni sé que me pueda encontrar allí…

Bienvenido Elian, me gusta ver usuarios nuevos tan entusiasmados con el proyecto. :smiley:

No creo que pueda haber problemas legales con lo que contás, y desconozco de algún caso. Me suena loco al menos, ya que Internet suele ser no muy tocado por las legislaciones, es un “lugar” de nadie que no corresponde a un país o estado en particular, y les sería muy díficil controlar -por ahora-. Tal vez la ley exista, pero para medios de comunicación convencionales como tele, radio, diario.

Mientras sean datos públicos, que puedan ser conocidos por cualquiera como la numeración de las casas por nombrarte un ejemplo, y no sean “ofensivos” todo bien.

En cambio, si te pusieras tan detallista, al punto de panoico y mapear cada casa particular de familia (esto sí se puede) con una etiqueta que tenga cada edificio el apellido de la familia con su número de teléfono (esto no se puede)… Todo tiene un límite.
Es más que nada sentido común, tal como decís de no poner nada sensible.

En cuanto a los POIs o PDIs no son, o no deberían ser considerados como publicidad, son solo lo que indican su nombre, puntos de interés. A menos que contengan alguna etiqueta como “compre aquí”, “la mejor tienda” u otro tipo de spameo excesivo, etc.

Quedate tranquilo y mapeá todo lo que tengas anotado y veas a nivel calle. De otra forma, si fuera ilegal iríamos todos juntos en cana :laughing:

Jeje, bien, me quedo tranquilo, y tranquilos! sólo me limito a mapear establecimientos y edificios publicos y/o que sean muy conocidos (como escuelas, monumentos, fabricas, etc), no casas particulares por ahora, quizá más adelante, y en cuanto a los PDIs sólo me limito por regla a lo que mencione…

Gracias por las respuestas, que me dieron más confianza, y los mantendré al tanto de como va mi trabajo!

Saludos cordiales!

Perfectamente podes mapear las casas particulares con su numero de puerta. Eso es lo mas exacto y util. Esos son datos publicos y los puede relevar y verificar cualquiera presencialmente.
Lo que no podes hacer es agregar los nombres de propietarios o habitantes de cada casa. Esos son datos personales.
En el caso de un comercio, el telefono ya no es algo personal, y ademas generalmente estan en la carteleria, asi que con esos no hay problema.

Mapear POIS no es hacer publicidad. Hacer publicidad es colocar un POIS y agregarle como alguna nota una publicidad
Por ejemplo:
POIS: Pizzería Pepito
Nota: La mejores pizzas de Citylandia.