Límites Administrativos

@Andresuco: en la tabla comparativa que se compartió con la comunidad, los datos parecen corroborar que lo más conveniente es asignar al límite municipal la etiqueta admin_level=6:

Al menos en este nivel administrativo, las cosas parecen estar resueltas. Sin embargo, cualquier comentario de otros miembros de la comunidad, a favor o en contra de esta propuesta, es bienvenida.

Hola Irk,
No se puede ver la imagen que subiste pero si la tabla que subí (https://goo.gl/JjOrlR ) esa ya es pública la puede ver sin problema cualquiera con el link. Si nadie más tiene algún comentario lo voy a corregir en el Wiki, y estamos todos en el entendido de que el nivel para municipio se mantiene con la tag admin_level=6

Por otro lado quisiera seguir la discusión sobre los niveles sub-municipales, actualizaré la tabla el día de hoy para definir con mayor detalle cada nivel sub-municipal y su relevancia.

A la comunidad:
Algunos de los miembros del foro hemos propuesto alternativas para las divisiones administrativas que están por debajo del nivel municipal (admin_level=6)

Me gustaría conocer cuál es la opinión de los demás miembros, cuál alternativa les parece más viable, o si tienen alguna alternativa mejor.

Esta es una captura de pantalla de la tabla comparativa que creó Andresuco:

la tabla original se encuentra aquí
https://goo.gl/JjOrlR

Hola a todos
parece que el nivel administrativo de mpios queda en el nivel 6.
Cambie en la tabla de google mi propuesta de la subdivisión municipal. Mi razón asignar el nivel 8 al límite de las localidades urbanas es

  1. ya hay zonas mapaeadas así
  2. coincide con los niveles utilizados en otros países
  3. deja un nivel de reserva
  4. no hay ninguna razón para limitarnos a 10 niveles. En unos países ya se está trabajando en nivel 11 y estoy seguro que conforme avanza el mapeo en detalle, se va a agregar más niveles que me parece más sencillo que manipular la base y cambiar los valores del atributo admin_level (errores!)

Pero antes de definir estos niveles hay que ver las diferentes subdivisiones existentes que por supuesto no son compatibles

subdivisiones administrativos de los mpios (colonias, tenencias,…)
AGEBs de INEGI
secciones electorales

Saludos
Jorge

Hola a todos.

Con respecto a la propuesta de Jorge_o: Creo que debemos establecer bien la diferencia entre las cabeceras municipales y las demás localidades que dependen de ellas. Colocar todas las localidades urbanas en el mismo nivel administrativo no permitiría establecer esa diferencia.

En mi propuesta sugiero etiquetar las cabeceras municipales con admin_level=7 y las localidades rurales con admin_level=9. Esto permite establecer bien la diferencia entre las cabeceras municipales y las congregaciones (ya sean urbanas o rurales) que dependen de ella.

¿por qué lo propongo así?

En el caso del estado de la República donde resido, la Ley Orgánica del Municipio Libre establece que:

  • las congregaciones rurales son sub-niveles municipales, y son representadas por los agentes municipales.
  • las agencias municipales dependen del Ayuntamiento municipal.
  • Las agencias municipales administran tanto la congregación (zona del asentamiento humano) como las zonas rurales que la rodean.

Un caso similar sucede con las colonias, fraccionamientos, unidades habitacionales, etc., que tienen presidente de colonia, secretario y tesorero. Los reglamentos sobre asentamientos humanos dan a entender que estas entidades sub-urbanas también son niveles administrativos. Según mi criterio, estas áreas sub-urbanas pueden equipararse, administrativamente hablando, con las congregaciones. Por eso propongo que se etiqueten como admin_level 9.

Aclaro, por otro lado, que yo entiendo el término “asentamiento humano” como un uso de suelo (landuse=residential) y no como un nivel administrativo.

Hola a Tod@s;

Espero no llegar tarde a esta discusión pero me gustaría aportar la experiencia sobre el tema de límites que se dio en el Estado de Jalisco y que espero pueda aportar algo a fin de aclarar que límites administrativos incluir en los Mapas de México.

Leo con interés y me llama mucho la atención el detalle y riqueza técnica de los argumentos sobre si se debe o no incluir niveles administrativos más allá de municipios; como diría Kent Brockman aquí les dejo mis dos centavos en una breve reseña del mapa de límites municipales del Estado de Jalisco:

1.- En el Estado de Jalisco, el cual tiene y usa límites municipales distintos a los del Marco Geoestadístico Municipal de INEGI, en su LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE JALISCO y LEY DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPALDEL ESTADO DE JALISCO establece que el Congreso del Estado es el que tiene la facultad para aprobar, actualizaciones y modificaciones los límites municipales;
2.- Bajo este hecho, la última aprobación emitida por esta entidad fue realizada en 1978 y el cual presento a continuación:

3.- El límite correspondiente al año 2012, fue trabajado por el extinto IITEJ en colaboración con otras dependencias del Gobierno del Estado de Jalisco, mismo que fue firmado por el Ex Gobernador Emilio González Márquez. Dicha firma esta publicada en el Diario Oficial de la Federación del Estado de Jalisco en el año 2012; junto con esta publicación vino una instrucción al poder ejecutivo del Estado para que utilizaran esta cartografía y por ende los límites municipales aquí propuestos como los oficiales para el Estado de Jalisco, presento este mapa 2012:

4.- Posteriormente en 2012-2013 hubo una iniciativa entre el INEGI y el Gobierno del Estado a petición de este último para revisar las diferencias entre el límite 2012 y el MGN de INEGI 2010, se conformó un equipo técnico (http://iitej.blogspot.mx/2012/10/inegi-e-iitej-concilian-las-diferencias.html) y se elaboró una propuesta que en su momento contó con el apoyo político por parte del Gobierno del Estado pero que no logró consolidarse, dicho mapa se le dio muy poca difusión dado que nunca fue publicado como su antecesor, se utilizó en algunas publicaciones e inclusive creo que se llegó a utilizar en algún informe de gobierno, posteriormente vinieron los cambios administrativos y el proyecto quedó en pausa, hoy en día sigue siendo vigente la versión 2012, a continuación muestro una imagen de esta propuesta de límites municipales que no se logró:

Y les platico todo esto para poder llegar al punto de los niveles administrativos, considero que no es necesario contemplar un límite administrativo que sea menor que el municipio como propone Irk_Ley para los límites ejidales, en el mapa propuesto para 2013 se tomaron este tipo de elementos y como se muestra en esta imagen en el Norte del Estado en el límite del municipio de Mezquitic se tomó el límite del Ejido de San Andrés Cohamiata como el límite municipal y en este caso Estatal como se muestra en esta imagen:

Sería valioso contar con los polígonos de los ejidos, comunidades indígenas, tierras de uso común y demás pero no como un límite administrativo.

En el caso de las áreas metropolitanas considero al igual que los ejidos no se deberían integrar como un nivel administrativo; las áreas metropolitanas y las juntas intermunicipales son decretos para que los municipios que las conforman puedan realizar acciones de manera conjunta o integrada, pero no es un nuevo límite administrativo; los límites de los municipios se mantienen; si veo a éstas como un primer paso en la conformación de nuevas formas de gobierno pero no que se eliminen los límites de los municipios que las conforman (o quien sabe pudiera ser en un futuro), en el caso de las cabeceras municipales si utilizamos el fundo legal (si es que lo conseguimos) no estará actualizado y lo que tiene INEGI es prácticamente la mancha urbana de la cabecera municipal; desconozco las congregaciones acá en Jalisco tenemos delegaciones y es la manera como un Municipio organiza de manera administrativa su territorio a fin de tener más cercanía con el ciudadano, establecen cases de enlace pero nunca he visto un mapa de delegaciones para el Estado de Jalisco, conjuntar esa información sería interesante pero también sería una labor titánica.

Mi propuesta es la siguiente:

Agrego una categoría de regiones (agrupaciones de Estados) actualmente no se escucha mucho sobre el tema pero en sexenios anteriores mucho se planteó en este sentido aquí las regiones actuales las cuales son muy grandes para mi gusto:
http://www.sedatu.gob.mx/sraweb/datastore/programas/2014/PRDCentro/PRDCentro25_04_2014.pdf

http://www.sedatu.gob.mx/sraweb/datastore/programas/2014/PRDNorte/PRDNorte25042014.pdf

http://www.sedatu.gob.mx/sraweb/datastore/programas/2014/PRDSur_Sureste/PRDSur-Surste25_04_2014.pdf

Debajo de municipio coincido en la necesidad de la cabecera municipal pero como mancha urbana de la misma manera que el resto de las localidades urbanas (más de 15,000 habitantes), después colonias y como la unidad más pequeña propondría el código postal, este mapa que aún está pendiente de realizarse en este país, mi propuesta es la siguiente:

Nivel OSM_prop jdeltoro1973
1 N/A
2 Nacional
3 Regiones de Desarrollo (Centro, Norte y sur-sureste)
4 Estado
5 municipio
6 Manchas Urbanas
7 Colonias
8
9
10 Código Postal

Sobre esta última unidad hace algún tiempo en un estudio planteé la idea de suplantar este con la sección electoral, que si bien no se sabe en qué sección electoral uno reside es tan sencillo como obtenerlo de la credencial de elector, al poco tiempo me di cuenta que no es una delimitación estable ya que se define a partir de los votantes en cada sección y que un partido político por estrategia puede intentar modificar alguna sección electoral con fines de obtener una ventaja electoral, este es el sistema y análisis que se hizo con este marco, la idea era que el usuario pudiera conocer su estatus sobre áreas verdes con tan sólo conocer su sección electoral http://sitel.jalisco.gob.mx/areasverdes/

Reciban un cordial saludo

Geóg. Juan José Del Toro Madrueño

@ Jdeltoro1973: Bienvenido al debate. Cualquier opinión de cualquier miembro del foro es bienvenida.

TU aportación es valiosa al mostrarnos un trabajo ya realizado a este respecto: nos da un testimonio de lo difícil que es establecer, aún en nuestros tiempos, cuál es el límite válido entre los municipios.

Sobre tu experiencia, coincido con que el MGN no establece límites administrativos, sino límites geoestadísticos, de ahí que haya variaciones entre los límites puestos por el INEGI y los límites que establecen las legislaturas locales.

Sobre tu comentario de incluir los límites ejidales, congregacionales, tierras comunales, etc., en OSM, yo mismo deseo incluirlos también, de hecho este debate fue abierto con el fin de determinar cómo deben etiquetarse esos límites. Yo he incluido los ejidos de la región de Papantla, etiquetándolos como type=multipolygon y landuse=farmland o landuse=orchard. También he incluido los límites de lotes de tierras, etiquetándolos como type=multipolygon, en espera de que se determine qué otra etiqueta se les puede asignar.

Sobre si debe haber niveles administrativos por debajo del municipio:

  • Cabe aquí aclarar que en OSM no es lo mismo una entidad política que un nivel administrativo. Hay entidades políticas que son también niveles administrativos, pero puede haber niveles administrativos que no son entidades políticas.
  • El municipio es la entidad política de menor rango, pero no es el límite administrativo de menor nivel.
  • Como comenté en una entrada anterior, la legislación local del estado de Veracruz reconoce (implícitamente) que las congregaciones son niveles administrativos (al contar con administración propia [agentes municipales] aunque sujeta a los ayuntamientos) Ese mismo caso puede darse en otros estados de la República.
  • Como puedes notar, las congregaciones que forman parte del municipio (las cuales tienen agencias municipales) son entidades administrativas, inferiores al municipio, aunque no son entidades políticas. Su existencia no anula ni quita vigencia a los municipios, sino que los complementa.

Sobre qué niveles administrativos pueden existir:

  • Los límites administrativos (boundary= administrative) no son los únicos que existen en OSM
  • Los distritos electorales se etiquetan como (boundary=political) no he usado esa etiqueta e ignoro si es jerárquica, como los límites administrativos.
  • Los códigos postales se etiquetan como boundary=postal_code
  • En las zonas urbanas yo soy de la opinión de que son un uso de suelo (landuse=residential) y no un nivel administrativo. No sé que opinen a este respecto los demás miembros.

Te recomiendo leer la wiki de OSM en donde se aclaran qué etiquetas pueden usarse en cada caso:
http://wiki.openstreetmap.org/wiki/ES:Map_Features#Boundary_.28Fronteras.2C_L.C3.ADmites.29

A la comunidad:

Quiero hacerles una consulta sobre cómo editar correctamente los límites de lotes de tierras y ejidos.

Ya se me ha señalado que no es recomendable asignarles un nivel administrativo, y he hecho caso a sus sugerencias. Ahora quisiera plantear una alternativa:

En OSM, al etiquetar una entidad con límites (type=boundary) no solo puede etiquetarse como boundary=administrative, también puede etiquetarse como *border_type=**. Mi pregunta es ¿puede usarse esa etiqueta para delimitar los ejidos y lotes de tierras?

En ese supuesto, al etiquetar un ejido, se usaría la etiqueta border_type=ejido

¿Qué les parece esta alternativa? ¿puede usarse de esa manera?

Hola Irk Ley,

Estamos realizando las tareas de identificación de discrepancias entre los límites actuales en OSM y los límites oficiales previo a la importación y los límites que has subido no son los mismos que se marca en la información del INEGI como ya nos habías comunicado en este foro. Con el fin de realizar la importación apropiadamente, se cambiará el valor admin_level de las ediciones que no concuerdan con los límites oficiales gubernamentales y le asignaremos admin_level=8 para que no se pierdan tus contribuciones. Esto es útil tanto para ti como para la comunidad en general para que se pueda indicar visualmente al INEGI o a la autoridad local, dónde existen discrepancias en los límites municipales con la legislación local y que envíen a alguien a realizar una validación y corrección oficial de los límites en caso de existir un error.

Cabe recalcar que no se están removiendo tus ediciones, de hecho concuerdan con los datos del RAN pero en los siguientes proyectos estaremos validando con el INEGI en donde existen discrepancias importantes entre el MGN , el RAN y la legislación local respecto a límites geográficos de manera que el mapa en OSM tenga la información más válida disponible, sin embargo tenemos que empezar por algún lado, en este caso, mostrando lo que se considera oficial actualmente para que se puedan comparar.

En el link de abajo adjunto una imagen de la diferencia entre tus ediciones y los límites oficiales marcados por el INEGI.

http://i.imgur.com/DKd3yT3.png

Saludos !